Límite temporal para el contrato de interinidad por sustitución sin suspensión 7 jul 2023
El Tribunal Supremo ha fijado doctrina en su sentencia de 7 de julio de 2023 (rec. 2809/2020), estableciendo que el contrato de interinidad para sustituir a un trabajador adscrito temporalmente a otro puesto con reserva del original no puede superar los 12 meses.
📌 Claves del caso
- Tipo de contrato: Interinidad por sustitución sin suspensión de la relación laboral.
- Límite temporal: 12 meses. Superado este periodo, la adscripción se considera estructural.
- Consecuencia: El trabajador sustituido pasa a ser indefinido no fijo; el sustituto también puede consolidar derechos.
⚖️ Análisis legal – Jon Zabala, abogado laboralista
Esta sentencia refuerza el principio de que las causas temporales deben ser reales, justificadas y limitadas en el tiempo. Cuando una empresa mantiene a un trabajador sustituido en otro puesto por más de un año, revela una necesidad estructural, no coyuntural.
La jurisprudencia establece claramente:
- El contrato de interinidad sin suspensión no puede usarse indefinidamente.
- Solo es válido si la adscripción temporal es breve y excepcional.
- Más de 12 meses evidencia una estructura de plantilla encubierta.
- La empresa debe demostrar la temporalidad real y concreta. La carga de la prueba recae sobre ella.
🔍 Implicaciones prácticas: Las administraciones públicas, especialmente RTVE, deben revisar sus prácticas para evitar contrataciones en fraude de ley. Esta doctrina puede impactar directamente en la conversión de numerosos contratos temporales en indefinidos no fijos.
📘 Esta doctrina se suma a otros pronunciamientos similares: STS 6/7/2021, STS 26/5/2021, y sucesivas resoluciones contra RTVE que utilizaban la interinidad para cubrir necesidades estructurales.
✍️ Análisis elaborado por Jon Zabala, abogado laboralista especializado en contratación pública y derechos laborales. Si tienes un contrato de interinidad en estas condiciones, consulta tu caso.